El baremo de accidentes
de tráfico de 2024 sube un 3,80%.
A) El texto refundido de
la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a
Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre,
establece, en su artículo 49.1, que las cuantías indemnizatorias del sistema
para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en
accidentes de circulación, fijadas en ella, quedan automáticamente actualizadas
con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de
revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales
del Estado.
El Real Decreto-ley
8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las
consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y
Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, establece en su
artículo 78 que en tanto en cuanto no se apruebe la Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2024, las pensiones abonadas por el sistema de
la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, así como las pensiones
ordinarias y extraordinarias del Régimen Especial de Clases Pasivas del Estado
se revalorizarán en 2024 con carácter general el 3,8 por ciento respecto del
importe que tuvieran a 31 de diciembre de 2023, equivalente al valor medio de
las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice de
Precios al Consumo de los doce meses previos a diciembre de 2023.
Tomando en
consideración la disposición anterior y en aplicación del artículo 49.3 del
texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la
Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo
8/2004, de 29 de octubre, esta Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones acuerda hacer públicas en su sitio web http://www.dgsfp.mineco.es/,
para facilitar su conocimiento y aplicación, las cuantías indemnizatorias
vigentes durante el año 2024, una vez actualizadas en el indicado 3,8 por
ciento. Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de
Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las
indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y
perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, actualizadas
en un 3,8%.
Día de perjuicio muy grave = 123,55
euros.
Día de perjuicio grave = 92,66
euros.
Día de perjuicio moderado = 64,25
euros.
Día de perjuicio básico = 37,06
euros.
Por cada intervención quirúrgica de
494,19 euros hasta 1.976,77 euros.
928 244 935
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