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jueves, 20 de marzo de 2025

El baremo de accidentes de tráfico experimentará un incremento del 2,80% a partir del día 1 de enero de 2025.


Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se hacen públicas las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Por ello, la DGSFP ha incluido en su página web la Resolución de 12 de marzo de 2025 por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

A partir del 1 de enero de 2025, el baremo de accidentes de tráfico experimentará un incremento del 2,80%, lo que traerá consigo un ajuste en las indemnizaciones que se otorgan a las víctimas de accidentes.

Este aumento se calcula en función del IPC medio entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024 y se reflejará en las pensiones y compensaciones establecidas por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, sobre el baremo de accidentes de tráfico 2025.

Este aumento del baremo se enmarca en el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social. El ajuste se trasladará a las pensiones a partir del 1 de enero de 2025, tal como se indica en el Art. 49 de la LRCSCVM.

En cuanto a las tablas indemnizatorias, todas se incrementarán en un 2,80%, con excepción de las correspondientes al lucro cesante y a la ayuda a tercera persona.

Descargar Baremo de Trafico para 2025

Esto es así en virtud del artículo 49.1 del El texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, que dispone: 

“Articulo 49.1. Actualizaciones

A partir del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en ella y en sus tablas quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.”

Según este artículo, para realizar el cálculo correcto de una indemnización por lesiones sufridas en un accidente de tráfico, hay que tener en cuenta la fecha en que éste se produjo y en atención a esta fecha cuantificar el daño de acuerdo a la actualización de las cuantías para ese año, así viene recogido en Art. 38.1 ley 35/2015, que establece:

“Artículo 38. Momento de la determinación de las circunstancias para la valoración del daño.

A los efectos de la aplicación de las disposiciones de esta Ley, y en defecto de regla específica que disponga otra cosa, el momento de determinación de la edad de la víctima y de los perjudicados, así como de sus circunstancias personales, familiares y laborales es el de la fecha del accidente”.

Cuantías aplicables según el Baremo de Trafico para 2025

De acuerdo lo anterior, las cuantías aplicables en concepto de lesiones temporales, en concreto perjuicio personal básico y perjuicio personal particular para la indemnización de accidentes de tráfico para el año 2025:

  • Día de perjuicio personal básico: 38,10 €
  • Día de perjuicio personal particular en grado de moderado: 66,04 €
  • Día de perjuicio personal particular en grado de grave: 95,26 €
  • Día de perjuicio personal particular en grado de muy grave: 127,01 €


928 244 935




 


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